- Este Colegio tiene entre sus fines esenciales la defensa del Estado de Derecho
- Los Colegios profesionales no pueden abandonar su posición de neutralidad ideológica y política
A Coruña, 14 de noviembre de 2023 - La Junta de Gobierno, en sesión de 13/11/2023, ha aprobado el siguiente comunicado:
1º.- Según establece el artículo 2 h) de los Estatutos Colegiales (DOGA 19/6/2023) y el 67 h) del Estatuto General de la Abogacía Española, el Colegio de Abogados de A Coruña tiene entre sus fines esenciales la defensa del Estado social y democrático de Derecho proclamado en la Constitución.
2º.- Al mismo tiempo, una corporación de Derecho Público, representativa de una profesión y a la que es obligatorio afiliarse para ejercerla, no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia en ese campo para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses profesionales a los que debe servir. Así lo establece la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 27/6/2019.
3º.- Partiendo de esas dos premisas, defensa del Estado de Derecho y neutralidad política e ideológica, esta Junta de Gobierno, adhiriéndose a lo manifestado por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo en su comunicado de 13/11/2023, subraya la necesidad de preservar y garantizar la independencia judicial y la separación de poderes, como pilares irrenunciables de ese Estado de Derecho, que son base directa del ejercicio de la Abogacía; y ello desde todas las instituciones. Lo que resultaría incompatible con la fiscalización o supervisión de la labor jurisdiccional por otros poderes del Estado.
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