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ACCESO COLEGIADOS
10/12/2025

LA AUDIENCIA NACIONAL VUELVE A ANULAR LA MULTA DE 65.000€ IMPUESTA POR LA CNMC AL COLEGIO

• La Audiencia Nacional declara que «no ha quedado probado que el colegio publicara o difundiera» el Baremo de Honorarios de los Colegios de Abogados de Galicia de septiembre de 2001
• La Sentencia de 6/11/2025 no es firme, siendo susceptible de recurso de casación
• De los 9 Colegios sancionados, sólo el Colegio de la Abogacía de Bizkaia e ICACOR han terminado ganando sus recursos, anulándose las multas

10/12/2025.- La Junta de Gobierno del ICACOR, informa:

CRONOLOGÍA:

En 12/12/2006, el Colegio acordó suspender con carácter inmediato la aplicación por la Junta de Gobierno del Baremo de Honorarios de los Colegios de Abogados de Galicia de septiembre del 2001.

El 3/12/2015, BANKIA S.A. presentó denuncia ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) contra varios despachos de abogados y un número indeterminado de Colegios de Abogados.

El 14/6/2016, se abrió expediente sancionador a 9 Colegios de Abogados (Valencia, Barcelona, Ávila, La Rioja, Bizkaia, Santa Cruz de Tenerife, Albacete, A Coruña y Sevilla), por supuesta infracción del art. 1 LDC.

El 6/7/2017, el Director de Competencia propuso el archivo por no acreditarse conductas prohibidas por el art. 1 LDC; sin embargo, el 10/1/2018 el Consejo de la CNMC acordó la recalificación y, por último, el 08/03/2018 dictó resolución sancionadora declarando «la existencia de nueve conductas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistentes en recomendaciones de precios mediante la elaboración, publicación y difusión de baremos de honorarios por parte de los Colegios de Abogados incoados», calificándolas como muy graves.

En lo que al ICACOR se refiere, lo declaró responsable de dicha conducta infractora «desde el 27 de diciembre de 2009 hasta, al menos, el 21 de julio de 2016» y le impuso una multa de 65.000€.

La suma total de multas impuestas a los nueve colegios sancionados fue de 1.455.000 euros.

Contra esa resolución, se interpuso recurso contencioso-administrativo y el 20/07/2021 la AN dictó Sentencia que lo estimó, decretando la nulidad de la resolución al haberse dictado por órgano manifiestamente incompetente, la cual fue casada por ST del TS de 14/7/2025 que mandó retrotraer las actuaciones «al momento inmediatamente anterior al dictado de la sentencia».

Finalmente, en cumplimiento de la resolución del TS, el 6/11/2025 la AN dictó nueva Sentencia que falla «ESTIMAR el recurso contencioso-administrativo promovido…en nombre y en representación del Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña, contra la Resolución dictada por la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de fecha 8 de marzo de 2018, en el expediente sancionador nº S/DC/0587/16, Costas Bankia, por la que se le impuso una sanción de multa de 65.000 euros por la comisión de una infracción consistente en recomendaciones de precios mediante la elaboración, publicación y difusión de baremos de honorarios, resolución que anulamos por ser contraria a derecho».

Enlace para descargar la sentencia. (PDF)

Nota informativa de la Junta de Gobierno (PDF)