19/11/2018.- El Tribunal Supremo, estimando el recurso interpuesto por el Consejo General de la Abogacía Española, anula el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial que autorizaba la remisión a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Información relativa a la participación de Abogados y Procuradores en todos los procedimientos judiciales durante los años 2014, 2015 y 2016.
Las razones del Tribunal Supremo:
La petición de la AEAT no tiene amparo reglamentario.
No cabe un requerimiento de información globalmente dirigido a la totalidad del colectivo de la Abogacía.
Resolución TS (PDF)